Venta y compra de suelo
Venta y compra de suelo industrial
Comprar suelo industrial es la vía cuando ninguna nave existente encaja y quieres construir tu centro a medida, o cuando buscas una inversión a largo plazo. Y si eres propietario de una parcela, te ayudamos a venderla ante quien de verdad la necesita. En las dos direcciones lo importante es lo mismo: tener claros la calificación, la edificabilidad, el precio de mercado y la fiscalidad antes de firmar.
Cuándo construir a medida es la vía correcta para un operador
Un operador logístico llega al suelo cuando el mercado de naves no le da lo que necesita. Si tu cadena exige una disposición concreta de muelles, una altura libre que el parque existente no alcanza, una solera reforzada para racking pesado o una acometida eléctrica de gran potencia para frío industrial, construir desde cero suele salir más a cuenta que adaptar una nave que nunca encajará del todo. También es la opción de quien quiere dimensionar la implantación a varios años vista y reservar superficie para crecer. En un archipiélago, además, la elección de la parcela es una decisión logística: la distancia en minutos hasta el puerto y el aeropuerto que alimentan tu operación condiciona el coste por entrega tanto como el precio del metro. Por eso, antes de mirar el suelo, conviene tener claro qué nodo logístico va a sostener tu actividad.
Qué comprobar antes de firmar
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Calificación y uso
Que el suelo admita tu actividad (industrial, logístico, terciario) y la edificabilidad que necesitas. En Canarias la ordenación se rige por la Ley 4/2017 del Suelo.
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Urbanización y servicios
Si la parcela está urbanizada (viales, agua, saneamiento, electricidad, fibra) o falta acometer servicios. No es lo mismo suelo urbanizado que suelo en desarrollo.
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Precio y fiscalidad
Valoración comparativa de mercado en función de la ubicación y la calificación, IGIC o ITP según el caso, notaría, registro y, si aplica, RIC o ZEC.
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Cargas y urbanismo
Comprobación registral de cargas y revisión del planeamiento antes de comprometerte.
Calificación, edificabilidad y urbanización: lo que decide si puedes operar
Una parcela industrial no vale por sus metros, sino por lo que el planeamiento te deja construir y por el estado de su urbanización. La calificación urbanística marca qué actividades admite —no todo suelo industrial acepta almacenaje y distribución de pesados— y la edificabilidad fija cuánta superficie de nave puedes levantar sobre la parcela. En Canarias, la ordenación del territorio se rige por la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos, que es el marco al que se remite cualquier comprobación de usos y aprovechamiento. A eso se suma el grado de urbanización: un suelo con viales, agua, saneamiento y electricidad ya resueltos permite empezar la obra mucho antes que un suelo en desarrollo, donde habrá que completar el proceso urbanístico y asumir su coste y sus plazos. Para un operador con un calendario de implantación marcado, esa diferencia es a menudo más determinante que el precio por metro.
Fiscalidad del suelo: IGIC, ITP y el marco fiscal canario
La compraventa de suelo tributa según quién venda: por el IGIC —el equivalente canario al IVA, regulado por la Ley 20/1991 con un tipo general del 7 %— cuando transmite un promotor o empresario en su actividad, o por el ITP en una transmisión sin renuncia a la exención. En suelo, el coste fiscal se suma a la inversión de urbanización y construcción, así que conviene cuadrarlo desde el principio. Si compras para implantar tu operación, la ZEC puede reducir el tipo del Impuesto sobre Sociedades cuando se cumplen sus requisitos de empleo e inversión (Ley 19/1994), un coste de operar que pesa al elegir dónde construir. La RIC permite materializar beneficio reinvertido en activos como este, pero es del ángulo inversor: lo detallamos junto a tu asesor. Tienes el marco fiscal desarrollado en la página de ventajas ZEC.
Si compras, te orientamos con la edificabilidad y los usos para que tu centro nazca donde y como lo necesitas. Si vendes, valoramos la parcela a precio de mercado y la presentamos a compradores reales, con la parte legal y fiscal cubierta hasta la firma.
Información general orientativa; no es asesoramiento fiscal. Confirma los tipos y requisitos vigentes con un asesor.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué impuesto aplica la compraventa de suelo industrial en Canarias, IGIC o ITP?
- Depende de quién vende. Si transmite un empresario o promotor en el ejercicio de su actividad, la operación tributa por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), el equivalente canario al IVA regulado por la Ley 20/1991, con un tipo general del 7 %. Si se trata de una transmisión sin renuncia a la exención, aplica el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En suelo conviene aclararlo pronto, porque el coste fiscal se suma a la inversión de urbanización y construcción.
- ¿Qué diferencia hay entre suelo industrial urbanizado y suelo en desarrollo en Canarias?
- El suelo urbanizado ya tiene los servicios resueltos —viales, agua, saneamiento, electricidad— y permite solicitar licencia de obra para tu nave casi de inmediato; su precio incorpora esa urbanización. El suelo en desarrollo es más barato por metro, pero exige completar el proceso urbanístico y acometer los servicios, con sus plazos y su coste asociado. Para un operador con un calendario de implantación marcado, la diferencia entre uno y otro pesa tanto como el precio.
- ¿Cómo encaja la ZEC al comprar suelo para construir un centro logístico?
- La Zona Especial Canaria (ZEC) ofrece un tipo reducido en el Impuesto sobre Sociedades a las empresas que se implantan en Canarias y cumplen sus requisitos de empleo e inversión (Ley 19/1994). Construir tu centro logístico a medida puede formar parte de esa inversión, lo que convierte la elección de la parcela en una decisión que mira más allá del precio del suelo. Los detalles del régimen los desarrollamos en la página de ventajas fiscales y conviene confirmarlos con un asesor.